La Organización Mundial del Comercio, OMC, emitió su informe final confidencial sobre la demanda que, en 2003, los Estados Unidos, Canadá y Argentina presentaron a la OMC contra Europa, para obligar a la Unión Europea a levantar su moratoria sobre los productos transgénicos.
La Organización Mundial del Comercio, OMC, emitió su informe final confidencial sobre la demanda que, en 2003, los Estados Unidos, Canadá y Argentina presentaron a la OMC contra Europa, para obligar a la Unión Europea a levantar su moratoria sobre los productos transgénicos. El 85% del área mundial sembrada con transgénicos está en estos 3 países (de ahí, su interés en eliminar “barreras” a su comercio.) Cuando salió el borrador de la decisión en Febrero, los EE.UU proclamó victoria y amenazó al resto del mundo para que no adoptara medidas para prohibir el uso de cultivos transgénicos. La ONG, Amigos de la Tierra, (FoE por sus siglas en inglés) consiguió copia de dicho documento y afirma que no constituye la conquista que la propaganda de los EE.-UU. dio a entender.
FoE informa que la decisión de la OMC no cuestiona el derecho de países a adoptar una legislación estricta de bioseguridad, ni de prohibir OMG “si se presenta nueva evidencia científica que entre en conflicto con la evidencia científica disponible y que es directamente relevante” …y…“creemos que, según las circunstancias, pudiese justificarse suspender todas las aprobaciones finales pendientes de una evaluación de la nueva evidencia.” No obstante, señala FoE, esto no toma en cuenta la falta de consenso entre los mismos científicos y las lagunas en el conocimiento científico, por lo que es necesario aplicar el Principio de Precaución para asegurar la bioseguridad.
El panel criticó a la UE por no aplicar correctamente sus reglas en cuanto a la obligación de evitar “demoras innecesarias.” La UE anunció que mantendrá sus regulaciones observando que no hay nada en el informe que pide cambiarlas. La OMC exige que, si se prohíbe un producto, debe suministrar una evaluación de riesgo que cumpla con los requisitos estipulados en el Acuerdo sobre Aplicación de Medidas de Salud y Fitosanitarias (SPS Agreement en inglés). Concluyeron que algunas de las prohibiciones en los países miembros (Austria, Bélgica, Francia, Alemania, Italia, y Luxemburgo) de la UE no cumplieron con los requisitos “SPS” porque no incluyeron una estimación de las probabilidades de las consecuencias. El panel recomendó que las prohibiciones se ajustaran para que se conformen con las reglas del Acuerdo sobre SPS.
El Centro de Derecho Ambiental Internacional (The Centre for International Environmental Law) informó, además, que el panel rechazó el argumento de la UE que sostiene que la OMC debe tomar en cuenta el Convenio de la Diversidad Biológica (CBD, 1992) y el Protocolo de Cartagena sobre Bioseguridad (CPB, 2001) a la hora de interpretar sus reglas, por el motivo de que no todas las Partes de la demanda son Miembros de la CBD o CPB. No obstante, el Panel notó que, aun cuando no había obligación de tomar en cuenta otros Acuerdos, los paneles estaban libres de hacerlo si querían. www.ecoportal.net
Fuentes: www.foei.org/media/2006/WTO_briefing.pdf
http://www.ciel.org/Publications/EC_Biotech_Mar06.pdf
Comentario de Lorna Haynes
Notamos como se supone que exista conocimiento “científico” sobre los riesgos cuando, de hecho, casi todos los estudios de riesgo de los OMG son realizados por las compañías que los promuevan y no están sometidos al escrutinio de la comunidad científica ni sus criterios de validación. Incluso, se ha demostrado casos en que las empresas ocultan información sobre los resultados de las evaluaciones que realizan. Según la OMC, los países miembros tienen que permitir la entrada de todo cuanto a una empresa se le ocurra producir: no le importa los impactos ambientales, sociales, económicos o culturales. Por otro lado, criticar a los países por no incluir una “estimación de las probabilidades de consecuencias” es ignorar el hecho de que “la probabilidad” no es una propiedad de un fenómeno sino una medida de nuestro estado de conocimiento o grado de ignorancia sobre dicho fenómeno. Los proponentes de los OMG sostienen que es irracional exigir riesgo cero ya que toda actividad involucra riesgo. Pero no se trata de hacer toda actividad. Lógico, si no se introducen los OMG, se evitan los nuevos riesgos y el riesgo se acerca a cero. Quien debe decidir cuál riesgo y qué grado de riesgo es aceptable o no, es el país (persona) afectado(a) por las consecuencias.
Transgénicos al día
31 de mayo de 2006 #38
www.rap-al.org