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Chevron Texaco pierde en Nueva York, demanda por daños ambientales y sociales contra Ecuador
29-06-07,

Esta resolución constituye un serio revés para la petrolera, ya que con ella ha perdido una de las mayores posibilidades en su pretensión de que el Estado Ecuatoriano asuma los costos de sus malas prácticas. A esto se suma el hecho que en el Ecuador ordenó el inicio del peritaje global, que diagnosticará el daño causado por Texaco por sus operaciones hidrocarburíferas y cuantificará el monto económico que deberá pagar la petrolera.

Estados Unidos reconoce soberanía ecuatoriana

La Corte Federal de Nueva York, negó la demanda planteada por Chevron Texaco, con la cual pretendía obligar al gobierno ecuatoriano a someterse a un arbitraje, para evadir la jurisdicción de las Cortes de justicia ecuatorianas, en el juicio que le siguen 30.000 ecuatorianos por daños ambientales y sociales.

Según el Juez Federal del Distrito Sur de Nueva York, Leonard Sand, quien emitió la resolución, la empresa deberá someterse a las leyes ecuatorianas y a las decisiones emanadas de la Corte de Nueva Loja, reconociendo así la jurisdicción y competencia de la justicia ecuatoriana en esta demanda, puesto que no existe Acuerdo de Operación Conjunta entre el gobierno ecuatoriano y Texaco y por lo tanto ninguna posibilidad la posibilidad de arbitraje.

Esta resolución constituye un serio revés para la petrolera, ya que con ella ha perdido una de las mayores posibilidades en su pretensión de que el Estado ecuatoriano asuma los costos de sus malas prácticas. A esto se suma el hecho que en el Ecuador, por decisión del Presidente de la Corte Superior de Nueva Loja, quien por mandato de la ley, ordenó el inicio del peritaje global, que diagnosticará el daño causado por Texaco en las provincias de Sucumbíos y Orellana por sus operaciones hidrocarburíferas y cuantificará el monto económico que deberá pagar la petrolera, en base a lo que dispone la ley del Ecuador.

Estos dos pronunciamientos legales “han producido gran conmoción en Texaco, que durante los últimos años ha intentado por todos los medios demorar el juicio y evadir sus responsabilidades, pretendiendo desconocer la jurisdicción ecuatoriana”, dijo Luis Yanza, Coordinador de la Asamblea de Afectados.

Esta es una demostración más de la “desesperación de Texaco ante las contundentes evidencias en su contra”, manifestó Pablo Fajardo, el abogado que encabeza la demanda de los pobladores.

Fajardo negó la existencia de algún tipo de intromisión o presión sobre la Corte Superior de Nueva Loja, al contrario “Texaco es quien ha ejercido presión y obstrucción a la justicia para impedir que el perito se posesione y así dilatar el juicio innecesariamente y lo que les preocupa es que no han podido controlar a la justicia ecuatoriana y estadounidense. La única presión existente es la de los hechos y las evidencias que están comprobando la existencia de graves impactos ambientales, humanos, culturales y sociales que están produciendo centenares de muertos ecuatorianos”, dijo.

Puntos claves de la decisión del Juez Leonard Sand en la Corte Federal de Nueva York en el Caso Texaco

19 de Junio, 2007

La sentencia de la Corte Federal de Nueva York estableció que Petroecuador no está vinculado al arbitraje internacional previsto por el Acuerdo de Operación Conjunta (JOA) entre Texaco y Gulf, firmado en el ano 1965, por las siguientes razones propias del sistema legal de EE.UU.

• Chevron y sus subsidiarias nunca tuvieron la certeza acerca de la validez, o inclusive la existencia de un contrato con Petroecuador. Esto fue demostrado por las múltiples comunicaciones enviadas por ejecutivos de Texaco en el Ecuador a la compañía matriz en EEUU, donde expresaban su preocupación ante la inexistencia de un contrato de este tipo.

• Un contrato con una institución gubernamental ecuatoriana debió haber sido redactado, tomando en cuenta todas las reglas y formalidades impuestas por la ley ecuatoriana que controla a dicha entidad. De haber existido un contrato oficial entre Petroecuador y Texaco, este debió haber incluido estas formalidades. Este requisito no se cumplió dentro del acuerdo de operación conjunta que Chevron pretendía utilizar para lleva a Petroecuador a un arbitraje.

La Constitución Ecuatoriana no permite la sumisión del Estado a jurisdicción extranjera alguna. Según la defensa de Ecuador en el juicio el arbitraje internacional constituye un tipo de jurisdicción extranjera. Chevron por otra parte aseguró que solamente los procesos judiciales pueden ser calificados cómo jurisdicción extranjera. www.ecoportal.net

Asamblea de Afectados por Texaco
http://www.texacotoxico.org/


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