Luego que el máximo órgano judicial de la Provincia rechazara el recurso extraordinario federal presentado por Forestal Andina para salvar el terraplén, el juez de Cámara que también se expidió sobre el caso, Carlos Rodríguez, dio su opinión. Indicó que este fallo sienta un precedente a nivel nacional e internacional en materia ambiental.
La opinión del Juez de Cámara Carlos Rodríguez:"El fallo del STJ sienta precedente internacional en materia ambiental"
En diálogo con EL LIBERTADOR, el juez de la Cámara de Apelaciones, Carlos Rodríguez, que en su oportunidad se expidió en el caso del terraplén levantado en Yahaveré, dio su punto de vista en torno al fallo dado a conocer por el Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, en la que rechaza el recurso extraordinario presentado por Forestal Andina con el fin de salvar la obra.
"Esto habilita al expediente a ser bajado al Juzgado de Primera Instancia para que se cumpla la sentencia que claramente indica que el terraplén debe ser demolido", indicó y aseguró que "sí o sí" la obra debe ser demolida con el financiamiento de Forestal Andina. "Aunque tenga que actuar el Instituto Correntino del Agua y del Ambiente, luego los costos deben correr a cuenta de la firma privada", dijo.
En este sentido entendió que pese a que la demandada puede acudir a un recurso de queja -sin que esto implique el cese del trámite de cumplimiento de sentencia- "es muy difícil que la Corte Suprema de Justicia acepte tal planteo" frente a un fallo firme "con bases muy sólidas" que en todas las instancias ha resuelto por unanimidad que la obra debe ser destruida por dañar el medio ambiente.
En su análisis, Rodríguez entendió que básicamente lo que se observó es que una obra de la envergadura de este terraplén -de más de 20 kilómetros de extensión- instalada en plena Reserva del Iberá- no pasó por la evaluación de impacto ambiental debido como lo establecen las legislaciones vigentes. "Primero, las leyes se presumen conocidas por todos, y segundo una empresa de las características de Forestal Andina -con más de 20 mil hectáreas adquiridas- no puede alegar desconocimiento de la ley", dijo.
Por otra parte analizó este caso como paradigmático porque "hizo jurisprudencia" sentando un precedente a nivel nacional e incluso internacional".
"Es el primer fallo del máximo órgano judicial de la provincia que se dicta con estas características en materia ambiental, que lo que hace es proteger a la Reserva del Iberá, que es dos de las únicas en el país que cuenta con protección constitucional -la otra es Isla de los Estados en Tierra del Fuego", explicó.
En este sentido hizo mención a que especialistas en derecho ambiental, como lo es Néstor Cafferata, han tomado este caso como ejemplificador en sus conferencias internacionales.
Rescató además este caso, que en cierto modo ha impulsado el debate de la cuestión ambiental en la Provincia que ahora reglamentará la Ley de Reserva Natural y Parque Provincial del Iberá e inició el proceso de reordenamiento en adhesión a la Ley General del Ambiente.
Por último insistió en la necesidad de la inversión en Educación para comprender las cuestiones ambientales. "Sin ir más lejos los casos de fiebre amarilla, dengue y lehismaniasis, son producto del cambio climático que a su vez es producto del daño ambiental de la que los seres humanos somos responsables. Esto no se soluciona con vacunación masiva sino con concientización", dijo y admitió que desde su óptica el área ambiental debería merecer un rango ministerial.
Volviendo al fallo del terraplén y para cerrar la nota, Rodríguez aclaró que fue producto de una "acción popular" y que lo determinado no responde sólo a los intereses de Bruno Leiva, quien demandó a Forestal Andina, sino que responde a los intereses de todos los correntinos y argentinos propietarios de la Reserva Natural. www.ecoportal.net
Diario El Libertador
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