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¿Quién pagará por los daños causados por OMG?
19-06-02,

Mientras la contaminación genética se está extendiendo poco a poco en todo el mundo a causa de la liberación al medio ambiente de organismos modificados genéticamente, lo que no prospera son marcos legislativos que permitan aplicar el principio de "quien contamina paga".

Está bien conocido que en Estados Unidos y Canadá, las leyes de patentes priman sobre cualquier otra consideración, por lo que las multinacionales que ponen en el mercado (y en nuestros campos) las semillas transgénicas pueden demandar a los agricultores víctimas de contaminaciones por infringir sus patentes. Esto se podría definir como el principio de "quien está contaminado paga" (ver el relato de Percy Schmeiser en la sección EN DIRECTO).

En Europa de momento existe un vacío legal absoluto sobre la responsabilidad en caso de daño a cultivos o a especies silvestres. Un agricultor ecológico que pierde su cosecha porque está contaminada genéticamente, por ejemplo a causa de la proximidad de campos transgénicos (como ya está pasando en España, ver artículo en ESPAÑA), no puede pedir compensaciones a nadie por los daños económicos sufridos. En definitiva, la responsabilidad recae en este agricultor, quien tiene que asumir los costes de las consecuencias nefastas inevitables del cultivo de transgénicos, como la transferencia de genes. Algunos gobiernos europeos optaron en años anteriores por indemnizar a los agricultores que tuvieron que destruir su cosecha, es decir pagar con dinero público las irresponsabilidades de las multinacionales. Sea el agricultor afectado o el contribuyente quien pague, el sistema es profundamente injusto.

Un reciente estudio de la Comisión Europea (ver artículo en TENDENCIAS del Boletín-OMG nº21 de Amigos de la Tierra España) demuestra que el incremento de los costes de producción de la agricultura convencional y ecológica será de hasta un 41% si tienen que convivir con una agricultura biotecnológica y que la agricultura ecológica tendrá que desaparecer en las regiones donde se cultiven transgénicos porque no podrá permanecer libre de OMG. ¿Quién compensará estas perdidas, Pharmacia (antiguamente Monsanto), Syngenta (antiguamente Novartis)?

La Comisión Europea ha presentado al Parlamento Europeo una Propuesta de Directiva sobre responsabilidad ambiental que se supone incluye también los daños causados por OMG (ver artículo en EUROPA). Pero la Comisión tiene un concepto muy reducido de "daño": según la propuesta, es daño solamente el impacto a la biodiversidad que se encuentra en espacios protegidos (es decir un 13% del territorio, en el 87% restante, ¡los transgénicos no pueden causar daños a especies silvestres!); es daño solamente el impacto provocado por OMG no autorizados en el momento de los hechos (¡como están perfectamente conocidos y estudiados científicamente los efectos a largo plazo de los OMG autorizados, ¿para qué incluirlos en el ámbito de aplicación?, si nunca darán problemas!); es daño solamente si el impacto se produce después de la entrada en vigor de la Directiva (¡claro, los OMG liberados esperarán a que entre en vigor la normativa para empezar a hacer las suyas!); NO es daño un eventual problema sanitario ni una perdida económica, por ejemplo por contaminación de cultivos (¡que se aguanten los consumidores que tuvieran reacciones alérgicas a un alimento transgénico como ha pasado en Estados Unidos con el StarLink o el agricultor que perdiera su cosecha!). ¡Y por supuesto, no vamos a exigir a las empresas responsables de la liberación de los OMG de contratar un seguro, por si se molestasen! Uno se podría preguntar ¿la Comisión Europea actúa por el interés general de los ciudadanos europeos o por el interés de un puñado de multinacionales?

Extractado de Boletín-OMG nº21 de Amigos de la Tierra España

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