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Carta al Banco Mundial sobre el cambio en las políticas de salvaguarda para los pueblos indígenas y las comunidades afectadas. Solicitud de apoyo a todas las OSCs
08-12-05,

Desde hace mas de una década el IFC-Bamco Mundial cuenta con una Política de Salvaguarda de Pueblos Indígenas y de Reasentamiento, se supone que estas políticas deben proteger a las comunidades afectadas por los proyectos que financia el Banco. Aunque sabemos que estas políticas no son las mejores.

BORRADOR para ser firmado antes del 10 de Diciembre, la carta será enviada 12 de Diciembre, 2005

Paul D. Wolfowitz, President
The World Bank Group (Grupo Banco Mundial)
1818 H Street NW
Washington, DC20433

Lars Thunell, Incoming Executive Vice President
The International Finance Corporation (Corporación Financiera Internacional)
2121 Pennsylvania Avenue, NW
Washington, DC20433

Sr. Wolfowitz y Sr. Thunell:

Escribimos para expresar preocupaciones sobre las revisiones de la Corporación Financiera Internacional a su marco de política ambiental y social; estas preocupaciones son asumidas por las ___organizaciones que firmaron esta carta. Tomando en cuenta, que el período de comentario público ahora oficialmente se ha cerrado, nos dirigimos a Uds. siendo la dirección de esta institución pública. Escribimos para alertarle sobre problemas significativos con el segundo borrador de la CFI de su política y normas de funcionamiento, y le pedimos ejercer su liderazgo para quitar las normas de funcionamiento sobre Reasentamiento Involuntario y de Pueblos Indígenas del proceso de aprobación "de vía rápida" que la CFI esta aplicando actualmente. Ambas políticas son sustancialmente inadecuadas como salvaguardas, y como instrumentos para el desarrollo sostenible. Aplicadas como están actualmente descritas, ellas aumentarán la pobreza y los conflictos sobre recursos.

El pedirles el retiro de estas dos políticas del paquete, no implica que aprobemos los elementos restantes del paquete, los cuales sufren de muchos problemas relacionados e interconectados. Sin embargo, nuestro análisis muestra que estas dos normas de funcionamiento están en evidente contradicción a los objetivos de desarrollo equitativo y sostenible y al mandato del Banco de alivio de pobreza. Ambos sufren de desviaciones significativas de la política existente de Banco Mundial y de los requisitos conocidos para tratar con los riesgos sociales, culturales, económicos y ambientales asociados con el desplazamiento forzado y los impactos de proyectos sobre pueblos indígenas. Seguir con ellos como han sido propuestos representaría un significativo retroceso, y pondría decenas de millones de personas en peligro de empobrecimiento y daño significativo.

El Proyecto de Responsabilidad Internacional (IAP) y el Programa Pueblos y Bosques (FPP) han sido parte de una red internacional de la sociedad civil que ha mantenido contacto con la CFI en su proceso de revisión de políticas durante los pasados 15 meses. Ambos tenemos experiencia significativa con la política del Grupo Banco Mundial sobre el reasentamiento involuntario y pueblos indígenas, hemos participado extensivamente en la conversión de las Directivas Operacionales (OD 4.30 y OD 4.20, respectivamente) en la Política Operacional y Procedimientos Bancarios (OP/BP 4.12 y OP 4.10) - un proceso que ocurrió durante muchos años. Nuestras organizaciones también tienen la experiencia directa del impacto de estas políticas a nivel de proyectos, y trabajamos con organizaciones de base y redes internacionales sobre estos temas. Es a base de esta experiencia que nos hemos involucrado en el análisis de Estándar de Funcionamiento 5 sobre el Reasentamiento Involuntario y el Estándar de Funcionamiento 7 sobre Pueblos Indígenas.

Durante todo el proceso, hemos compartido nuestro análisis y nos hemos comunicado con la CFI: los directivos, representantes de gobierno, colegas de la sociedad civil, y los Bancos Equator, aportando sustancialmente y llamando la atención sobre preocupaciones procedimentales. Este proceso de revisión ha tenido defectos procedimentales, y no alargaremos esta carta entrando en detalle. Basta decir que mientras la CFI considera que este proceso ha sido extenso y comprensivo, grupos de la sociedad civil en el mundo entero coherentemente se han opuesto a la naturaleza apresurada del proceso, el fracaso de proveer y traducir la información oportunamente, y el fracaso de incorporar la consulta en varios ocasiones, en particular aquellos relacionadas a los plazos de responsabilidad y a la diferenciación de la información generada por cliente que están siendo construidos dentro del sistema propuesto.

Más importante, no hubo ningún intento significativo de consultar con pueblos indígenas durante todo el proceso, a pesar de compromisos públicos al contrario. No había ninguna consulta con pueblos indígenas sobre el primer borrador del estándar de funcionamiento, y cuando esto fue denunciado durante un encuentro público en abril, el personal de CFI prometió efectuar la consulta. Sin embargo, esta promesa resultó solamente en un apresurado encuentro con pueblos indígenas en las Naciones Unidas en mayo de 2005. Esto es simplemente inaceptable y contrario a la práctica internacional en el siglo veintiuno. (En comparación, la revisión de OD 4.20 consistió de años de discusión con pueblos indígenas en los niveles globales y regionales, así como encuentros directos con el personal legal del Banco Mundial.)

A pesar de estos problemas, nosotros y otros grupos de sociedad civiles hemos permanecido comprometidos en el proceso de revisión de política porque percibimos que los intereses son muy altos. Además de la propia cartera de prestamos de la CFI, las revisiones de política también potencialmente afectarán proyectos financiados por la lista creciente de los bancos del sector privado que han firmado los Principios del Ecuador, representando más de 60 mil millones de dólares en finanzas adicionales de proyectos. Estamos involucrados porque esperamos que nuestro aporte pudiera ayudar a corregir lo peor de los cambios de políticas, y esperamos ayudar avanzar el debate sobre políticas, y reflejar sobre el aprendizaje de las duras lecciones de varias décadas pasadas.

En cambio, hemos estado profundamente decepcionados por el acercamiento de la CFI. La CFI ha hecho nuevas radicales propuestas de política con implicaciones de gran alcance. En el caso de ser implementados, estos cambios debilitarían la política del Banco y violarían derechos humanos internacionalmente aprobados y valorados, incluyendo los derechos de pueblos indígenas conforme a la ley internacional. Los cambios reflejan una tendencia contra los derechos y los intereses de personas pobres y marginadas, y a favor de élites locales y el poder corporativo.

En el caso de la política de reasentamiento involuntaria, el segundo borrador es drásticamente más débil que el primero. Objetivos claves han sido quitados, y la premisa de prevención y la mitigación de riesgos de empobrecimiento ha sido eliminada. Aquí debemos notar que el empobrecimiento en el contexto de desplazamiento inducido por el desarrollo no es una construcción hipotética, es una realidad que no debe ser ignorada. Hay un registro de casos bien documentados de empobrecimiento asociado con el desplazamiento forzado, a menudo teniendo impactos sobre múltiples generaciones, y hay una literatura establecida sobre riesgos y sobre análisis de derechos que se requiere para encarar tales impactos. Las conclusiones de estudios del Banco Mundial sobre resasentamiento involuntario, y análisis reciente más a fondo por la Comisión Mundial sobre Presas y sobre la Revisión de Industrias de Extractivo, han sido desatendidas en este borrador del Estándar de Funcionamiento.

Además, la CFI no ha mantenido los requisitos mínimos existentes de política de Banco Mundial existente, tal como fue prometido en los términos de referencia para la Revisión de la Política de Salvaguarda. Así, la CFI ha perdido la credibilidad en este proceso de revisión de política. Por lo tanto, pensamos que el reasentamiento involuntario y las normas de funcionamiento de pueblos indígenas deben ser quitados del proceso de CFI, y ser eximidas del cronograma de aprobación de enero. Estas dos políticas, que están interrelacionadas de tantas maneras, y que van al corazón de la misión de desarrollo del Banco, deberían ser asignadas a un equipo independiente y creíble de expertos para ser redactadas de nuevo, acorde a la base de conocimiento que está disponible sobre los impactos de proyectos de desarrollo sobre pueblos indígenas y comunidades locales amenazadas por el desplazamiento, y con la participación plena y libremente escogida de pueblos indígenas y personas de comunidades locales.

Ahora proveeremos algunos ejemplos detallados de problemas con la política propuesta de la CFI y con normas de funcionamiento en cuanto al reasentamiento y pueblos indígenas.

El Reasentamiento Involuntario

Es importante reconocer que (a) CFI reclama seguir la Directiva Operacional (OD) 4.30 hasta que la nueva política y normas de funcionamiento sean adoptadas; y (b) el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento y IDA siguen la Política Operacional / Procedimientos del Banco (OP/BP) 4.12. El Estándar de Funcionamiento de la CFI es medido en contraste con estos documentos en nuestro análisis, con un énfasis sobre OD 4.30 ya que es el estándar que está siendo substituido por este proceso.

· la premisa de toda la política del Banco Mundial sobre el reasentamiento involuntario hasta el momento, incluyendo OD 4.30 y OP 4.12, es que el reasentamiento involuntario impone riesgos de empobrecimiento significativos. Al contrario la CFI ha suprimido cualquier referencia al empobrecimiento en el 2o borrador de PS 5. El Estándar de Funcionamiento borrador de CFI no lleva casi ninguna semejanza a la política que propone de sustituir. (El primer borrador del EdF incluyó riesgos de empobrecimiento.)

· Además, se debe recordar que la política de reasentamiento involuntaria del Grupo Banco Mundial también ha acentuado el objetivo de reasentamiento con oportunidades de desarrollo. Por ejemplo, la frase inicial de la declaración "de objetivos" de OD 4.30 es que: " El objetivo de la política de reasentamiento del Banco es asegurar que la población desplazada por un proyecto recibe ventajas de ello. " Este objetivo fundamental ha sido suprimido de la lista de objetivos del segundo borrador de EdF 5, aunque fue incluido en el 1r esbozo.

· El lenguaje en el OD y objetivos OP sobre la seguridad que las ventajas beneficien a la gente desplazada y que el reasentamiento involuntario debería ser "concebido y ejecutado como los programas de desarrollo, en los cuales la gente reasentada sean provistas con suficientes recursos de inversión para compartir en las ventajas de proyecto" ha sido borrada de los objetivos del EdF 5 de CFI

· EdF 5 retrocede, y así debilita, la política del Grupo Banco Mundial que concierne a la gente que carece protección en leyes nacionales de titulación de tierra o de compensación. En vez de reconocer su vulnerabilidad y tomar precauciones especiales para proteger los derechos de los grupos que no tienen título, el EdF discrimina, privilegiando aquellos con reclamos a tierra reconocidas a nivel nacional, y negando beneficio completo y derechos a aquellos sin similares reclamos.

· PS 5 crea una categoría de "colonos informales", definidos como "los ocupantes de tierra sin reclamos a tierra legalmente reconocidos" (p. 20) en otras palabras, sin los derechos que son " reconocidos o reconocible conforme a las leyes del país (p. 18)." Esto retrocede enfoques existentes del Banco y políticas de protección para la gente sin tierra, incluyendo su derecho a la compensación por la pérdida de tierra. Y la CFI elimina la política preferencial que personas que son desplazadas con una “subsistencia basada en el uso de la tierra” deberían ser provistas con estrategias de reasentamiento con uso de la tierra, y alternativas; esto debe ser restaurado.

· En lo que concierne a desplazamiento económico o de subsistencia, la política tiene garantías inadecuadas de restauración o mejoramiento de subsistencia, lo cual es un agravio primario de la gente desplazada por proyectos de desarrollo: ellos son privados de sus tierras (ancestrales) y sus subsistencias, y dejados sin medios de sostenerse ellos mismos o a sus familias en el futuro. Las personas que son desplazadas económicamente, en particular cuando ellos también son desplazados físicamente, pierden su capacidad de ser los miembros productivos de sociedad, y pueden caerse en un ciclo de empobrecimiento que afecta a varias generaciones. La restauración de espacios de subsistencia es un aspecto necesario de rehabilitación, y debería servir como un indicador crítico de desarrollo realmente sostenible. La restauración de espacios de subsistencia no se puede borrar simplemente porque es difícil de lograr. Más bien, la dificultad y el desafío, deben ser centradas en los impactos, gastos, y la conveniencia de seguir con los proyectos que causarán el desplazamiento físico o económico. Finalmente, aún en el contexto de desplazamiento económico, EdF 5 privilegiaría aquellos con reclamaciones aprobadas de bienes raíces sobre los que son "informales". Esta discriminación no tiene ninguna justificación.

· Mientras que otros estándares de funcionamiento reconocen el "área de influencia del proyecto" o los impactos que "pueden provenir de actividades de proyecto" el reasentamiento EdF sería limitado hacia "la adquisición de tierra relacionada con el proyecto" que a su turno es definido estrechamente en una nota a pie de página como situaciones que implican la transferencia de título o concesión de una servidumbre. La CFI ha declarado que esta definición es la parte de un intento deliberado de excluir impactos conocidos de proyecto o riesgos que causan el desplazamiento físico y económico - como las inundaciones de tierras sin el cambio previo de título; o desplazamiento inducido por emisiones contaminantes de una fábrica; o destrucción de industria pescadera por operaciones de proyecto; o porque una instalación ha contaminado al agua debajo la capa freática o de otra manera desfavorablemente ha afectado recursos de aguas subterráneas, interrumpiendo los derechos de los habitantes del lugar de a acceder al agua, a la salud, y a las áreas de subsistencia. La CFI intenta que estos impactos derivados de desplazamientos físicos y económicos no sean cubiertos por el EdF de reasentamiento; tampoco que ellos sean cubiertos en otras Normas de Funcionamiento. Esto animará la externalización de los impactos de instalaciones financiadas por CFI en habitantes del lugar y el ambiente alrededor, proporcionando un incentivo de política económicamente perverso.

· En la nota a pie de página 7 de EdF 5, la CFI parece implicar que pueden forzar a colonos urbanos informales a aceptar "una compensación" entre la seguridad de tenencia y ventajas “locacionales”. Este lenguaje debe ser eliminado o modificado, y la política y EdF debe reconocer que un cambio de la ubicación provoca una cadena de consecuencias, incluyendo el acceso al transporte, la subsistencia, escuelas, la asistencia médica, y redes sociales, y que estas consecuencias necesariamente deben ser mitigadas, y tratadas como oportunidades de desarrollo.

· Creemos que los aspectos de género relacionados al desplazamiento y reasentamiento explícitamente deben ser reconocidos en el reasentamiento EdF, y que la política y PS deben ser reforzados para asegurar la protección de los derechos de mujeres, en particular los referidos a impactos de subsistencia; títulos de tierra, títulos de propiedad, y sistemas de compensación; y participación, consulta, y asuntos de toma de decisiones.

· Demasiados estudios de reasentamiento involuntario han mostrado que el desplazamiento (y el empobrecimiento subsiguiente) desproporcionadamente afecta a mujeres y niños, a ancianos, a los pueblos indígenas y tribales, y a grupos marginados. Por lo tanto, políticas de salvaguarda son necesarias para reconocer y explícitamente incluir estos impactos en la planificación de reasentamiento.

Pueblos Indígenas

EdF 7 esta cargada por problemas, escapatorias y ambigüedades que acumulativamente contradicen que esto podría ser una salvaguarda eficaz y significativa para pueblos indígenas. El EdF (y el marco de política en general) parece estar basado en la proposición que los pueblos indígenas deberían confiar en la CFI (y en algunos casos en el cliente) para asegurar que los derechos e intereses son protegidos. Sin embargo, EdF 7 en absoluto no proporciona una salvaguarda eficaz para sus derechos e intereses, en cambio permite actividades que están en contravención directa de aquellos derechos e intereses.

En varias maneras importantes, PS7 es más débil que los estándares en OP 4.10. Hay diferencias sustanciales entre ambas políticas que no pueden ser justificada sobre la base de ninguna distinción del sector privada/pública. Las provisiones que pertenecen a tierras, relocalización y derechos de proceso previstos son débiles, vagas y dañanas.

· Ante todo, PS7 fue desarrollado sin la consulta significativa con los pueblos indígenas que directamente serán afectados por estas provisiones de política. Tampoco el borrador final menciona las preocupaciones y los comentarios que ya han sido expresados por pueblos indígenas y organizaciones no gubernamentales en este limitado periodo de comentario.

· Hay una diferencia significativa entre OP 4.10 y EdF 7 acerca de la definición de la “consulta libre, previa e informada (ConLPI)". OP 4.10 afirma que la Cn LPI con las comunidades de los pueblos indígenas afectados se refiere a un proceso de toma de decisiones colectiva y culturalmente apropiada sujeto a la consulta de buena fe y a la participación informada en cuanto a la preparación y la implementación del proyecto. En EdF 7, esta definición falla, y esto significa que para la CFI y sus clientes, ConLPI no es nada más que la mera consulta, un estándar que ha probado ser ineficaz.

· En OP 4.10, ConLPI, el resultado del Amplio Apoyo de Comunidad (AAC), se requiere para cada proyecto que afecta a la gente indígena, independientemente del tamaño o el grado de impacto, y debe ser establecido en cada etapa del proyecto. Al contrario APC no esta incluido en EdF 7 en absoluto. Los dos párrafos de la política de CFI que refieren a APC no han incluido la exigencia para evaluar APC en cada etapa del proyecto, y ellos limitarían el uso de ConLPI a proyectos "grandes" con impactos “adversos significativos”. APC también debe ser reflejado en EdF 7, y el uso, la definición y la medida de APC no debe ser más débil que las provisiones en OP 4.10.

· PS7 carece de cualquiera garantía significativa para los derechos de los pueblos indígenas a sus tierras, territorios y recursos, tradicionalmente poseídos o de otra manera ocupado y usado, y adopta un acercamiento más restrictivo que OP 4.10. Mientras OP 4.10 incluye proyectos que afectan tierras sobre cuales pueblos indígenas tienen 'un acceso colectivo', EdF 7 restringe impactos procesables sobre tierra de uso actual, debilitando así la cobertura de su política.

· Hay provisiones en EdF 7 en cuanto a la documentación del uso de tierra en consulta con las comunidades de los pueblos indígenas afectados, informando las comunidades afectadas de sus derechos en lo que concierne a tierras afectadas conforme a la ley nacional (incluyendo leyes que reconocen derechos consuetudinarios o de uso), y ofreciendo la compensación y derechos de proceso, así como oportunidades de desarrollo culturalmente apropiadas, que deberían ser la parte de cualquier proceso de evaluación de impacto ambiental y social que afecta a alguien y no añade ninguna sustancia significativa o exigencia procesal en relación con los derechos de tierra de los pueblos indígenas.

· Mientras EdF 7 afirma que "se debe tener cuidado para asegurar que el reclamo de tierra de cualquier pueblo indígena no es perjudicada durante estos pasos" es completamente confuso sobre cuales que son las exigencias actuales en relación con esta declaración, y el lenguaje no obligatoria 'debería' es empleado provocando dudas sobre si el cliente en realidad esta obligado de hacer algo en absoluto. El uso del término 'reclamo’ es también problemático en sí viendo que los pueblos indígenas tienen derechos en la ley internacional para poseer y controlar tierras, territorios y recursos tradicionalmente poseídos o de otra manera ocupado y usado. Los Estados y corporaciones tienen, a lo mínimo, la obligación de respetar aquellos derechos. Los derechos en este sentido no son 'reclamos’, pero imponen las obligaciones específicas de conducta y resultan aplicables a otros. También, en principio cualquiera operación dentro de los territorios tradicionales de los pueblos indígenas que ocurre sin su consentimiento puede ser considerada una violación de derechos y esto es seguramente perjudicial para aquellos derechos 'o un ‘reclamo’ sobre las mismas tierras.

· El borrador EdF 7 contiene otras previsiones que debilitan o violan los derechos únicos de pueblos indígenas. Por ejemplo, dice que "se ofrecerá a pueblos indígenas al menos la compensación y derechos al proceso previsto disponible a aquellos con el título legal completo a la tierra en el caso de desarrollo comercial de su tierra conforme a la ley nacional" como si esto se propusiera como una declaración positiva. De hecho, los derechos de los pueblos indígenas a tierras, territorios y recursos, incluyendo el proceso previsto, son concedidos de grados más altos de protección conforme a la ley internacional y a muchos regímenes domésticos legales que derechos de propiedad no indígenas.

· Un estándar previsto de proceso más alto concedido a los derechos de propiedad de los pueblos indígenas conforme a la ley internacional - al menos en parte debido a la aplicabilidad del derecho a la autodeterminación - es el derecho de dar o retener ConLPI ("el consentimiento libre, previo, informado"), incluso en casos de reasentamiento propuesto (físico o económico). Al contrario, EdF 5 y EdF 7 permitirían el desplazamiento involuntario económico de pueblos indígenas de sus tierras, y las provisiones que pertenecen al reasentamiento físico son ambiguas. La expropiación no consensual de las tierras de los pueblos indígenas y territorios asciende a una violación gruesa de sus derechos internacionales.

· El borrador EdF contiene otras provisiones que son abiertamente discriminatorias contra pueblos indígenas. Por ejemplo, EdF 7 enfoca sólo impactos a áreas de subsistencia "consuetudinarias" en vez que a todas las áreas de subsistencia, y áreas de subsistencias no consuetudinarias no son objeto de ninguna protección en absoluto. Los derechos de subsistencia de las personas no indígenas no son restringidos a aquellos que son "consuetudinarias", y es evidentemente discriminatorio aplicar tal estándar a pueblos indígenas. En este guión, pueblos indígenas serían compensados para la pérdida de tierras estacionales de colección (decir, áreas donde las bayas son escogidas), pero bien no pueden recibir la compensación para la pérdida de las áreas de subsistencias no tradicionales (pero sin embargo significativo), como la minería en pequeña escala o un alojamiento de eco-turismo.

· En cuanto al desplazamiento económico, la CFI no obliga al cliente alcanzar un establecimiento negociado con pueblos indígenas de conformidad con EdF 5 o de conformidad con EdF 7.

En la discusión de OP 4.10 en relación con la Revisión de Industrias de Extractivo, el Doctor Emil Salim observó que "la revisión de la política de salvaguarda contra pueblos indígenas es una prueba fundamental del compromiso del Banco mundial al alivio de pobreza por el desarrollo sostenible". El mismo es también el caso con respeto a EdF7, y la CFI está en el peligro de fallar en esta prueba.

Conclusión

Si la política es debilitada a lo largo de las líneas perfiladas en el esbozo de 22 de septiembre, cualquier reclamo del liderazgo social y ambiental será perdido. Estos cambios tendrán efectos subsecuentes que implican miles de millones de dólares en finanzas de proyecto y en los derechos de los millones de personas. Los Bancos Equator (privados) probablemente seleccionaron la política de CFI porque ellos los veían como las normas más altas de políticas disponibles, proporcionando así algún grado de seguro contra riesgos de proyecto, incluyendo riesgos de reputación y riesgo asociado con la resistencia por comunidades locales y sus aliados. Dar continuidad al enfoque actual de la CFI debilitará los Principios Equator, así como la credibilidad del reclamo de la CFI de proporcionar "valor agregado" para el control de la calidad ambiental y social.

Nosotros también vemos las propuestas de CFI como el suministro de un asalto desafortunado sobre la economía informal del pobre y marginado. Considerando la iniciativa recientemente anunciada de triplicar inversiones de CFI en África, recordamos la situación reciente en Zimbabwe, donde el gobierno deliberadamente ha apuntado a los residentes de la economía informal moviéndoles con una excavadora, quemando sus casas y desahuciando el pobre de áreas urbanas. ¿Verá la CFI este tipo de situación como una oportunidad de la inversión, y apoyará empresas ricas para moverse en esta tierra limpiada?

Aunque hemos sido bastante detallados, esta carta se acerca poco a todos los problemas derivados de las Normas de Funcionamiento sobre reasentamiento involuntario y de pueblos indígenas. Creemos que los borradores tal como han sido presentados hasta el momento harán un mal servicio a todos que los están involucrados y afectados por proyectos financiados por CFI, y que ellos están condenados a exacerbar la tensión, para generar mayor resistencia a los proyectos, y para contribuir al empobrecimiento injusto de comunidades afectadas. Además, la CFI y sus clientes quedarán mas expuestos tanto al riesgo comercial y de su reputación si los proyectos siguen adelante bajo las previsiones existentes.

Les animamos a ejercer su liderazgo para rechazar y revertir cualquier cambio que debilite o disminuya los derechos de pueblos indígenas y de otra gente amenazada por el desplazamiento. Aseguren que los derechos de personas vulnerables sean respetados, y que la CFI adopte políticas y estándares de funcionamiento que sean al menos tan fuertes como los aplicados por el resto del Grupo Banco Mundial, y que reflejen los principios y el aprendizaje que se requieren para el desarrollo sostenible y equitativo en el siglo veintiuno. Para lograr esto, recomendamos con énfasis que los estándares de reasentamiento y de pueblos indígenas sean retirados de la vía rápida que la CFI impone, y dirigidos a un “task force” grupo especial de expertos capaces, creíbles e independientes, incluyendo pueblos indígenas y personas de comunidades locales, proporcionando la ayuda para formular mejor los borradores.www.ecoportal.net

Sinceramente,
Dana Clark Fergus MacKay
Proyecto de Responsabilidad Internacional Programa de Pueblos Forestal
cc:Tabla (Bordo) de Directores Ejecutivos
Rachel Kyte, SFI
Motoko Aizawa, SFI

Estas preocupaciones (interéses) y demandas son endosadas (aprobadas) por:

Para endosar (aprobar)/firmar sobre, envíe el NOMBRE, LA ORGANIZACIÓN Y EL PAÍS a wolfletter@accountabilityproject.org hacia el final del día el 10 de diciembre. Gracias.

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