Por Verónica Odriozola
En la Argentina existe una cantidad aún desconocida de PCBs aún siendo empleada y en riesgo de ser emitida al medio ambiente colocando nuevas amenazas sobre la población. Los transformadores, además, a menudo padecen explosiones que provocan la emisión de las peligrosas dioxinas.
Los tóxicos de los transformadores terminan en nuestros cuerpos
Resumen
Los Bifenilos Policlorados o PCBs pertenecen a la familia de los contaminantes orgánicos persistentes y han generado creciente atención internacional por los daños que provocan sobre el medio ambiente y la salud pública. La producción y el empleo de PCBs durante décadas, principalmente en grandes transformadores eléctricos, han provocado que sean hoy contaminantes ambientales presentes en sitios tan distantes como el Ártico y el Río de la Plata. Ante la evidencia de la toxicidad y persistencia en el ambiente de estos contaminantes, los países industrializados prohibieron su producción y colocaron restricciones a su uso. En la Argentina, y luego de una importante presión pública y en respuesta a un reclamo de Greenpeace al Ministerio de Salud, éste aprobó una Resolución conjunta con el Ministerio de Trabajo para prohibirlos. Sin embargo, esa prohibición, se irá implementando en los próximos años para llegar al reemplazo total de estos tóxicos antes del año 2010 (MSAL y MTEFRH 2001).
Mientras tanto y persista su empleo, el riesgo de pérdidas o escapes al medio ambiente existe y requiere de las máximas medidas de seguridad por parte de quienes aún los usan. Greenpeace llama a las empresas que todavía emplean PCBs a priorizar la salud y el ambiente laboral y de la población en general, reemplazándolos de inmediato, aún antes de los plazos establecidos por las resoluciones arriba mencionadas.
¿Qué son los PCBs?
Los Bifenilos Policlorados (PCBs, por su sigla en inglés, o Difenilos Policlorados) conforman una clase de 209 compuestos orgánicos clorados (llamados congéneres). Por sus características químicas, de estabilidad y difícil degradabilidad, pertenecen al grupo de contaminantes orgánicos persistentes o COPs. A pesar de que no se conocen fuentes de PCBs en la naturaleza (ATSDR, 1995), hoy puede encontrárselos en el aire; el agua; el suelo; los sedimentos de lagos, ríos y arroyos; el mar; peces; aves y otros animales y en los cuerpos de los seres humanos. Por ejemplo, en la Argentina, los científicos han detectado PCBs en sedimentos, almejas y peces del Río de la Plata (Colombo, 1990, 1997, 2000). De particular preocupación es el hallazgo de PCBs en sábalos en niveles tan altos que motivaron la prohibición de la pesca de esa especie en el Río de la Plata. Existen trabajos científicos que muestran la presencia de PCBs en mamíferos marinos de la Argentina (Borrell, 1994), corvinas de la Bahía Samborombón (Lanfranchi, 1998), sedimentos del Río Uruguay (CARU, 1998) y del Río Paraná (SIHN, 1997). Los PCBs llegan a los cursos de agua por descarga directa a ellos, por ser arrastrados por la lluvia desde un sitio contaminado con PCBs o por deposición atmosférica. Una vez que están en ese curso o cuerpo de agua, se adhieren a las partículas o sedimentos y pueden ser ingeridos por los organismos vivos y así entrar a la cadena alimentaria. Es justamente su presencia en la cadena alimentaria la que provoca que prácticamente cualquier ser humano tenga niveles detectables de PCBs almacenados en la grasa de su cuerpo. En 1999, los PCBs protagonizaron un escándalo que provocó en varios países (incluida la Argentina) la prohibición de la importación de pollos y otros alimentos provenientes de Bélgica. Se estima que la contaminación de los pollos se originó en la mezcla de aceites de PCBs usados con alimento comercial para pollos.
Efectos sobre la Salud Humana
La mayor parte de la información disponible sobre efectos de los PCBs proviene de estudios en animales y en trabajadores expuestos laboralmente a ellos. Según la Agencia Internacional de Investigación sobre el Cáncer (IARC) dependiente de la Organización Mundial de la Salud y el Departamento de Salud y Servicios Humanos de los EEUU, los PCBs pertenecen a la categoría de probable cancerígeno humano. Tradicionalmente las investigaciones se han orientado a determinar la carcinogenicidad de los PCBs; sin embargo, se sabe que la exposición a ellos provoca un amplio espectro de problemas en la salud. Las exposiciones agudas a niveles altos de PCBs han sido asociadas a problemas de picazón y pigmentación de la piel, irritación de ojos, alteraciones en la función hepática y en el sistema inmunológico, irritación del tracto respiratorio, dolores de cabeza, mareos, depresión, pérdida de la memoria, fatiga e impotencia (PNUMA, 1999). Los efectos crónicos a dosis bajas de PCBs incluyen daños sobre el hígado, alteraciones de la reproducción y el desarrollo (PNUMA, 1999).
En los países industrializados suelen hacerse estudios para conocer los niveles de PCBs en la población, y una de las variables que se analiza es su concentración en leche materna. Esto es debido a que el alto contenido de grasa de la leche conlleva al almacenamiento de PCBs allí, y por tanto, su transferencia al niño durante la lactancia. Desafortunadamente en la Argentina, no se han hecho este tipo de estudios por lo que, a pesar de que se sabe que hay PCBs en el medio ambiente, no se ha analizado el nivel de exposición de la población.
Usos de los PCBs
Los PCBs han sido empleados durante décadas principalmente como fluidos dieléctricos en transformadores y capacitores, en máquinas hidráulicas y como solventes de algunas tintas. Otros usos de los PCBs incluyen la formulación de aceites lubricantes; como plastificantes en pinturas, adhesivos y selladores; como retardadores de llama y en plásticos (PNUMA, 1999). Sin embargo, en general, el uso en transformadores y capacitores ha representado el principal uso de estos compuestos. Se estima que hasta 1989 se habían producido alrededor de 1,5 millones de toneladas de PCBs (PNUMA, 1998) y que entre el 30 y el 70% de ellos continúa siendo empleado o está en el medio ambiente (Lester, 1999). Sin embargo no es posible determinar a simple vista si un transformador contiene PCBs por lo que este tipo de información requiere de tomas de muestras y análisis de laboratorio.
Situación de los PCBs en la Argentina
Ante la evidencia de la toxicidad y persistencia en el ambiente de estos contaminantes, los países industrializados prohibieron la producción y colocaron restricciones a su uso. En la Argentina, recién en 2001, el gobierno nacional dictó normas para ponerle fecha tope al uso de estos fluidos. Según la Resolución conjunta 437/01 del Ministerio de Salud y 209/01 del Ministerio de Trabajo, queda prohibida la producción, importación y comercialización de PCBs y productos y/o equipos que los contengan (MSAL y MTEFRH 2001). Según dicha norma, ?los Bifenilos Policlorados contenidos en equipos que (en perfecto estado de conservación y mantenimiento a la fecha de entrada en vigencia de la presente Resolución) se encuentren en uso deberán ser reemplazados gradualmente mientras dure su vida útil, no excediendo un plazo máximo comprometido hasta el año 2010?.
Como no existen en el país operadores de residuos peligrosos habilitados para tratar estos residuos, algunas empresas han procedido a su exportación. Sin embargo, distintos sectores coinciden en que se siguen empleando, aunque nadie sabe a ciencia cierta dónde se encuentran y cuál es el número de transformadores que aún contienen PCBs. Estos son comúnmente empleados cuando se requieren transformadores resistentes a las llamas, como dentro de edificios o en plantas nucleares (PNUMA, 1999). Existen transformadores a lo largo de las líneas de tensión para bajar el voltaje en los sistemas de distribución y proveer de electricidad a los hogares. La mayoría de los transformadores se encuentra bajo el control de las compañías productoras o distribuidoras de electricidad, pero hay industrias que generan electricidad privadamente y tienen sus propios transformadores, por ejemplo acerías, redes ferroviarias, bases militares, etc. (PNUMA, 1999).
A pesar de que se supone que los transformadores son sistemas cerrados donde los PCBs no deberían entrar en contacto con el exterior, la realidad es muy diferente. Ocurren emisiones de PCBs al medio ambiente durante las reparaciones de los equipos así como en los frecuentes derrames y explosiones que los involucran. La Argentina y más de 90 países firmaron en Estocolmo, el 23 de mayo de 2001, un Convenio internacional en el que se compromete a eliminar los PCBs junto a una lista de apenas 12 compuestos que han sido priorizados para su eliminación por su toxicidad y persistencia.
Conclusiones
En la Argentina existe una cantidad aún desconocida de PCBs aún siendo empleada y en riesgo de ser emitida al medio ambiente colocando nuevas amenazas sobre la población. Los transformadores, además, a menudo padecen explosiones que provocan la emisión de las peligrosas dioxinas. Es por ello imprescindible que mientras se cumplen los plazos de las resoluciones vigentes y los compromisos internacionales de eliminación de PCBs, las empresas que los emplean actúen con responsabilidad y no sólo los manejen con los máximos estándares de seguridad sino que los reemplacen inmediatamente. Existen significativas evidencias de su importancia ambiental en términos de contaminación en nuestro país, por lo que no hay tiempo que perder. El riesgo de seguir manteniendo en uso transformadores con PCBs debe evitarse. El inventario de las existencias actuales de PCBs debe ser absolutamente público y debe realizarse además una evaluación del grado de exposición de la población en general a través de programas de dosajes de PCBs en los tejidos y en los alimentos grasos.
-EcoPortal.net
Bibliografía
(ATSDR, 1995) – Agency for Toxic Substances and Disease Registry – "Toxicological Profile for Polychlorinated Biphenyls", EEUU, 1995.
(Borrell, 1994) – Asunción Borrell et al, "Contaminación por DDT y PCBs en Pontoporia Blainvillei de Aguas Argentinas. Variación con la Edad y el Sexo", Anais do 2º Encontro sobre Coordenaçao de Manejo e Pesquisa da Franciscana, Brasil, 1994.
(CARU, 1998) – Comisión Administradora del Río Uruguay, "Impacto de Zonas Costeras, Módulo: Salto – Concordia", Subcomisión de Contaminación, 1998.
(Colombo, 1990) – Juan Carlos Colombo et al, "Distribution of Chlorinated Pesticides and Individual Polychlorinated Biphenyls and Abiotic Compartments of the Rio de la Plata, Argentina", Environ. Sci. Technol.,Vol.24, No. 4, 1990.
(Colombo, 1997) – Juan Carlos Colombo et al, "Long Term Accumulation of Individual PCBs, Dioxins, Furans, and Trace Metals in Asiatic Clams from the Río de la Plata Estuary, Argentina", Environ. Sci. Technol., Vol. 31, No. 12, 1997.
(Colombo, 2000) – Juan Carlos Colombo et al, "Detritivorous fish contamination in the Río de la Plata Estuary: a critical pathway in the cycle of anthropogenic compounds?, Can. J. Fish. Aquat. Sci.,57:1139-1150, junio 2000.
(Lanfranchi, 1998) – Ana Lanfranchi et al, "Distribution of Organochlorine Compounds in Tissues of Croaker (Micropogonias furnieri) from Samborombón Bay, Argentina", Environmental Sciences, 6, 1 (1998) 055-067.
(Lester, 1999) – Stephen Lester, "An update of the toxicity of PCBs", Center for Health, Environment and Justice, www.chej.org, EEUU, mayo 1999.
(MSAL y MTEFRH 2001) ? Resolución 437/01 del Ministerio de Salud y 209/01 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos.
(PBA, 2000) – Gobierno de la Provincia de Buenos Aires, Resolución 142/00, Subsecretaría de Actividades Pesqueras, Ministerio de la Producción de la Provincia de Buenos Aires, abril 2000.
(PNUMA, 1998) – Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, "Inventory of Worldwide PCB Destruction Capacity", diciembre 1998.
(PNUMA, 1999) – Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente, "Guidelines for the Identification of PCBs and Materials Containing PCBs", agosto 1999.
(SIHN, 1997) – Servicio de Hidrografía Naval – Hidrovía S.A., "Segundo Monitoreo de Impacto Ambiental, 3º Informe de Avance", 1997.
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La Resolución 437/01 del Ministerio de Salud y 209/01 del Ministerio de Trabajo.
VISTO EL EXPEDIENTE Nº 2002 -10.398-00-4 del Registro de este Ministerio, y CONSIDERANDO
Que existen pruebas científicas concluyentes de los efectos nocivos para los seres humanos producidos por los Bifenilos Policlorados;
Que la Agencia Internacional para la Investigación del Cáncer (IARC) incluye a los Bifenilos Policlorados en el grupo 2-A, entre los compuestos reconocidos como probables cancerígenos para los seres humanos;
Que el Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente incluye a los Bifenilos Policlorados entre los Compuestos Orgánicos Persistentes (COPs) por su biopersistencia y toxicidad para los seres humanos y ecosistemas;
Que el Programa Internacional de Seguridad Química de las Naciones Unidas (IPCS) en sus Criterios de Salud Ambiental informa sobre los efectos tóxicos para los organismos vivos y el medio ambiente;
Que la República Argentina es país miembro ratificante del Convenio 139 sobre el Cáncer Profesional de la Organización Internacional del Trabajo;
Que por disposición Nº1/95 de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, los Bifenilos Policlorados forman parte del listado de sustancias cancerígenas a las que la exposición en el trabajo estará prohibida o sujeta a fiscalización y autorización por parte de la autoridad competente, según sea el caso;
Que por disposición Nº 2 /95 de la ex DIRECCIÓN NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD DE TRABAJO del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL las empresas que utilicen Bifenilos Policlorados deberán registrarse a fin de conocer las existencias del producto y su ubicación, a efectos de ejercer control sobre los mismos;
Que se dispone a la fecha de productos alternativos de reemplazo considerados más seguros, en uso en países de la Comunidad Europea;
Que en el Taller Nacional de Identificación de Prioridades en la Gestión Sustentable de Sustancias Químicas, organizado por el Ministerio de Salud en Septiembre de 1997, los Bifenilos Policlorados fueron considerados como un problema prioritario para el país;
Que es función indelegable del Estado garantizar a los trabajadores y a la población en general que las sustancias empleadas en la producción de bienes y servicios no comprometan su salud y su seguridad.
Que el Decreto Nº 20 del 13 de Diciembre de 1999 establece que al Ministerio de Salud le compete adoptar las medidas oportunas para proteger la salud de la población ante la detección de cualquier factor de riesgo para la misma.
Que los Servicios Jurídicos Permanentes de los Ministerio de de Salud y de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos han tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta de conformidad con o dispuesto por la "Ley de Ministerios -T.O. 1991", modificada por Ley 25.233.
Por ello:
El MINISTRO DE SALUD Y EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y FORMACIÓN DE RECURSOS HUMANOS
RESUELVEN:
Art. 1ª.- Prohíbase en todo el territorio del país la producción, importación y comercialización de Bifenilos Policlorados y productos y/o equipos que los contengan.
Art. 2º.- Los Bifenilos Policlorados contenidos en equipos que (en perfecto estado de conservación y mantenimiento a la fecha de promulgación de la presente Resolución) se encuentren en uso, deberán ser reemplazados gradualmente mientras dure su vida útil, no excediendo de un plazo máximo comprometido hasta el año 2010.
Art. 3º.- Mientras tanto, la conformidad del uso de equipos sin recambio estará sujeta a autorización otorgada por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos según cumplimiento de la normativa vigente, (Disposiciones 1 y 2 /95 de la DIRECCIÓN NACIONAL DE HIGIENE Y SEGURIDAD DEL TRABAJO del ex MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL) de modo de asegurar condiciones especiales de exposición que limiten al máximo el riesgo para la población expuesta, asegurándose una discontinuidad controlada del uso de Bifenilos Policlorados hasta su eliminación total, manteniéndose su inventario actualizado y la población expuesta vigilada durante el período de reemplazo.
Art.4º.- La decontaminación de equipos, y la eliminación de Bifenilos Policlorados o aparatos que los contengan, deberán ser tratados como residuos peligrosos y quedaran comprendidos en los considerandos de la Ley Nacional 24.051 y demás normas concordantes en el ámbito provincial y municipal.
Art. 5º.- Comuníquese la presente Resolución a la DIRECCIÓN DE LEALTAD COMERCIAL DE LA SECRETARIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO DEL MINISTERIO DE ECONOMÍA, a la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE ADUANAS DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, a la DIRECCIÓN DE ASUNTOS AMBIENTALES DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, y a la SECRETARIA DE DESARROLLO SUSTENTABLE Y POLÍTICA AMBIENTAL DEL MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL Y MEDIO AMBIENTE, para su conocimiento y adopción de las medidas que estimen necesario en el ámbito de sus respectivas competencias.
Art,6º.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de los 30 días posteriores a su publicación en el Boletín Oficial.
Art. 7º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional de Registro Oficial, y archívese.
RESOLUCION MS Nº: 437 / 2001
RESOLUCION MTEyFRH Nº : 209 / 2001
Hector Lombardo
Patricia Bullrich
* Verónica Odriozola,
Greenpeace Argentina