El Servicio de Impuestos Internos (IRS) de EE. UU. emitió recientemente una guía que otorga una prórroga de ayudas fiscales para ganaderos y agricultores que se vieron en la obligación de vender o intercambiar ganado a causa de las condiciones de sequía que se vienen presentando en muchos estados del país. Esta guía permite que los afectados dispongan de más tiempo para reemplazar su ganado y aplazar el pago del impuesto sobre las ganancias obtenidas por las ventas o intercambios obligados.
Las sequías continúan en EE. UU.
Inmensas extensiones de los Estados Unidos continúan padeciendo los estragos de las sequías, generándose un fenómeno que afecta profundamente a los agricultores y ganaderos de la región. Por ello, el director ejecutivo del IRS, Frank J. Bisignano, ha presentado una guía que alivia un poco a aquellos que venden o intercambian ganado forzoso, debido a las condiciones climáticas, siendo un apoyo necesario para ellos.
Por su parte, el aviso 2026-54 enumera las áreas perjudicadas o aquellas beneficiadas que califican para la asistencia federal. Esta lista incluye los 49 estados, el Distrito de Columbia y Puerto Rico, así como otras áreas que reportaron sequía extrema durante el periodo establecido.
Este alivio fiscal generalmente es aplicable a las ganancias de capital de aquellos ganaderos o agricultores que realizan ventas de ganado de tiro, es decir, ganado que produce leche o cría. Por otra parte, la venta de ganado criado para sacrificio o con fines deportivos no cumple con los requisitos, pues en este caso la guía se creó como excepción por las condiciones extremas de sequía.
Los que califican
Los agricultores y ganaderos elegibles deben demostrar que la sequía los llevó a vender o intercambiar el ganado, tomando en cuenta la situación presentada en el momento, y que la zona habitada recibió la designación federal de sequía. Por lo general, en el ganado, el periodo para el reemplazo debe ser de cuatro años, en vez del periodo normal de dos años. Es de resaltar que el IRS está autorizado a extender mucho más este periodo tomando en cuenta que la sequía persista.
Por otra parte, el anuncio de este periodo de reemplazo otorga a los agricultores y ganaderos elegibles hasta su primer año fiscal posterior al primer año de sequía para reemplazar el ganado vendido o intercambiado. Es decir, si el periodo de reemplazo por sequía estaba programado para vencer a finales de 2026, tendrá hasta el final de su próximo año fiscal para reemplazarlo.
Asimismo, el IRS brinda la extensión a los agricultores y ganaderos que se encuentren dentro de las áreas afectadas por las sequías excepcional, extrema o severa durante el periodo correspondiente. Esta determinación la realiza el Centro Nacional de Mitigación de Sequías.
Así funciona la regla, aviso 2006-82
Cuando los agricultores y ganaderos venden ganado en exceso debido a una fuerte sequía en una zona elegida con asistencia federal, la ley otorga normalmente un periodo de cuatro años para comprar o reemplazar el ganado vendido.
Ahora bien, si la sequía continúa hasta el cuarto año, el periodo de reemplazo se extiende automáticamente hasta finales del año fiscal del ganadero que siga al primer «año libre de sequía». Este «año libre de sequía» es el periodo de 12 meses que termina el 31 de agosto, siempre y cuando el condado afectado o el condado vecino hayan reportado condiciones de sequía severa, extrema o excepcional, en ninguna de las semanas.
Si el periodo entre el 1 de septiembre de 2026 y el 31 de agosto de 2027 transcurre sin ningún reporte de sequía severa, ese ciclo califica como el primer año libre de sequía.
En pocas palabras, esta prórroga maravillosa del IRS constituye un mecanismo de protección financiera importante para el sector ganadero y agrícola, mientras reponen su capacidad productiva tras los eventos climáticos extremos.
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