Barrick Gold desobedece la orden de cierre de Pascua Lama
En histórico fallo de la Suprema comunidad de Huasco demuestra que Barrick Gold desobedece la orden de cierre de Pascua Lama. Según detallan, … Leer Más
En histórico fallo de la Suprema comunidad de Huasco demuestra que Barrick Gold desobedece la orden de cierre de Pascua Lama. Según detallan, … Leer Más
Señaló María Elena Rozas: “Esta es una decisión trascendente, porque termina con el secretismo impuesto por Monsanto y sus socios chilenos, sienta jurisprudencia y alienta la participación social en el debate sobre los transgénicos. Para las empresas, entre ellas la semillera de Erik y Ena von Baer, que han sido también parte del lobby de las citadas corporaciones, fue insostenible seguir defendiendo el secreto ante los perjuicios ya evidenciados en el caso de los apicultores cuya miel se contaminó con polen de maíz y soya transgénica. Las organizaciones y comunidades podrán ejercer libremente su derecho a saber la ubicación exacta de los cultivos transgénicos de exportación, para defender sus cultivos o actividades de la contaminación, resguardar las semillas y la soberanía alimentaria.”
Un fallo de segunda instancia de la Justicia de Chaco confirma prohibiciones inéditas para las fumigaciones y protege los cursos de agua. La causa se inició en La Leonesa, una localidad de diez mil habitantes a 60 kilómetros de Resistencia. La Justicia también hizo valer el principio precautorio (ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable, es necesario tomar medidas protectoras) y remarcó que se debe dar prioridad a la salud de la población por sobre la producción agropecuaria.
Con su fallo a favor de Botnia la Corte internacional de La Haya, legitima un modelo sostenido en la tecnología, que aprovecha la vulnerabilidad de los países pobres, desestimando la condición y el derecho del ambiente y la opinión de la gente. La justicia existente no considera el principio de precaución como elemento central por lo que solo se puede juzgar si un proceso contamina una vez que contaminó, y además es necesario luego probar la relación causal entre una posible causa o causante y un resultado o victima. Esta demanda técnico-jurídica es uno de los mayores obstáculos que suele encontrar la justicia ambiental. Y el principio precautorio sirve, entre otras cosas, para prevenir esta insuficiencia que favorece claramente los intereses de los contaminadores
El máximo tribunal de Jujuy ordenó a los jueces inferiores otorgar un amparo pedido por vecinos de Tilcara contra un proyecto minero por el peligro de la contaminación. Hace hincapié en el principio precautorio –ante la posibilidad de perjuicio ambiental irremediable es necesario tomar medidas protectoras– e invierte la carga de la prueba: las poblaciones cercanas a los yacimientos no deberán probar los perjuicios sino que el gobierno y las empresas tienen que aportar pruebas ciertas de que la actividad extractiva no afecta ni afectará el medio ambiente.
La Justicia de Santa Fe dejó firme la prohibición de utilizar glifosato, el pilar fundamental de la producción sojera, en cercanías de zonas urbanas. El fallo marca jurisprudencia, invierte el cargo de la prueba y exige nuevos estudios a la provincia.Por primera vez, se invirtió la carga de la prueba: era una regla que los vecinos y campesinos intoxicados tenían que demostrar las afecciones en la salud, pero ahora serán los impulsores del modelo de agronegocios quienes tendrán que demostrar la inocuidad de los químicos.