El Departamento de Medio Ambiente de Maryland (MDE) presentó un reporte certificando que no existen en dicho estado incineradores de residuos sólidos sujetos a las posibles sanciones establecidas por la Ley de Aire Limpio (CAA) y las regulaciones impuestas por la Agencia de Protección Ambiental (EPA). El pedido de la agencia federal se realizó en abril y el departamento estatal decidió responder recientemente para afirmar que cumplen con lo requerido.
El mecanismo solicitado
El Código de Regulaciones Federal (CFR) establece que, ante una petición de la EPA sobre solicitud de emisiones en el estado, las autoridades deben responder con una declaración negativa, el mecanismo que permite que sea eximido de elaborar un plan completo y sin necesidad de una revisión formal. Con esto, de ser una declaración aceptada, la EPA incorpora los dichos al expediente público y lo hace oficial en el Registro Federal.
Con respecto a la problemática con los incineradores de residuos sólidos, la EPA revisó en 2025 las guías de emisión para este tipo de incineradores, que databan de 2005. Luego de la modificación, los estados con instalaciones de esta naturaleza tenían un plazo hasta el 30 de junio de 2026 para presentar el plan estatal como solución. Todo debido a un fallo judicial que obligó a la administración federal a poner manos en el asunto y cumplir con los nuevos plazos y estándares ambientales establecidos.
Fin a los incineradores de residuos en Maryland
La EPA avanza con el trámite de Maryland respecto a los residuos sólidos e incorpora una propuesta equivalente para el Departamento de Energía y Medio Ambiente de Washington D.C. (DCDOEE), que también certificó no tener instalaciones de este tipo dentro de su jurisdicción. A partir de la determinación, las propuestas estatales con sus declaraciones negativas pasarán a una etapa de comentarios públicos hasta el 14 de octubre de 2026.
Todo se da a partir de lo establecido por la sección 111 de la Ley de Aire Limpio y su establecimiento de estándares de desempeño para determinadas fuentes contaminantes que existen y limita las que se busquen sumar para el futuro. En concreto, la sección 129 obliga a que cada estado fije una guía de emisión específica para unidades de incineración de residuos sólidos. Las propuestas de la EPA, tanto de Maryland como de Washington D.C., buscan modificar incisos para dejar constancia oficial de que hay negativa en ambos.
Cabe destacar que los incineradores de residuos sólidos son definidos como unidades de combustión de residuos municipales de capacidad muy pequeña e incineradores institucionales de residuos; la norma diferencia según su capacidad: las que procesan más de 10 toneladas por día deben cumplir límites estrictos que el resto, según la EPA. Así, la norma alcanza únicamente a las instalaciones que hayan sido construidas antes del 31 de agosto de 2020.
Sin embargo, la EPA recientemente tramitó una documentación similar con Louisiana, con una declaración negativa similar, certificando que no cuenta con incineradores de ese tipo sujetos a la normativa federal, explicaron oficialmente desde el Registro Federal.
Por el momento, la declaración es vista con buenos ojos por la EPA y podrían aprobar el pedido de Maryland y del Distrito de Columbia, pero el plan federal podría aplicarse en un futuro si se detectara una instalación de residuos. Y lo haría de forma automática sobre esa unidad hasta que las autoridades competentes del estado o distrito propongan un plan propio y este sea aprobado.
Próximos pasos
El Registro Federal, a través de la publicación oficial respecto al caso, informó que las propuestas quedaron abiertas a comentarios públicos hasta el 14 de octubre y los interesados podrán presentar comentarios a través de regulations.gov o por correo electrónico a las direcciones oficiales de la EPA.
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