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SCJN obliga al estado de Sonora a reconocer identidad de niños, niñas y adolescentes transgénero

Por Iramaru H.
27 noviembre, 2025
en México
SCJN

Fuente: SCJN

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El reconocimiento hacia las personas transgénero cuando aún son menores de edad, es un tema en lo que el estado de Sonora se encuentra atrasado respecto al resto de México. Por este motivo la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ha emitido un fallo en el que se le obliga a establecer procedimientos normativos para el reconocimiento de niños, niñas y adolescentes transgénero.

La SCJN da un paso al frente para proteger a los niños, niñas y adolescentes transgénero en Sonora

Es importante destacar que a pesar de los avances que ha habido en el estado de Sonora con relación a este tema, aún se mantenía vigente una porción normativa que estaba limitando el reconocimiento de la identidad de género a personas mayores de edad. Ahora bien, la sentencia de la SCJN invalida la norma establecida en la Ley del Registro Civil del estado de Sonora, con efectos inmediatos.

La SCJN, dictó sentencia sobre el Congreso del estado de Sonora y estableció que había incumplido el plazo que se le había pautado en la sentencia previa. La intención del emplazamiento anterior fue que el Congreso creara un procedimiento administrativo rápido y accesible para que menores de edad pudieran acceder a nuevas actas de nacimiento que los reconozcan con su identidad de género autopercibida.

Según la SCJN, los 12 meses que han transcurrido desde que se le ordenó al estado de Sonora que elaborara el procedimiento respecto a la identidad de niños, niñas y adolescentes, representa un retraso inaceptable. Sobre todo, tratándose de un tema de tanta importancia como el reconocimiento a la identidad de género, el cual repercute enormemente en el desarrollo de las personas, aún más en edades anteriores a la adultez legal.

La corte fijó un plazo específico y concreto para generar la nueva normativa

Aunque la SCJN tomó en consideración los avances efectuados en el estado de Sonora en materia de reconocimiento de identidades transgénero en menores de edad, por lo que decidió que no se impondrán sanciones graves por el momento. La Corte, evaluó el turno de iniciativas a comisiones y reuniones con colectivos y autoridades, que fueron organizadas para llevar a cabo un nuevo procedimiento, no obstante, consideró estos esfuerzos como insuficientes.

En ese sentido, desde la SCJN se dejó en claro que si se incumple definitivamente la sentencia, esto podría derivar en medidas disciplinarias más severas, en las que incluso se sopesan las separaciones del cargo o la consignación de las personas encargadas ante un juez del distrito. De esta manera, se buscó dar un incentivo más efectivo para que los responsables de llevar a cabo el proceso, realmente lo cumplan.

Tomando en cuenta todos los factores anteriores, la SCJN le fijó un plazo estricto de 90 días naturales al Congreso, lapso dentro del cual deberán cumplir de pleno la sentencia emitida. Estos 90 días, empezarán a contar desde el inicio del próximo período de sesiones, con el objetivo de informar sobre cada acción realizada en aras de llevar a cabo la reforma que garantice derechos de infantes y adolescentes transgénero.

Por su parte, en Estados Unidos, la senda conservadora busca imponerse a través del presidente Trump

Aunque la decisión de la SCJN marca una intención de progreso, respecto al reconocimiento de la identidad de género, en la región aún persisten los detractores de este tipo de políticas. Es el caso de Estados Unidos, donde el presidente Donald Trump ha implementado medidas para evitar la promoción de valores que incluyan a las personas transgénero en las diferentes áreas de la sociedad.

Algunos ejemplos de ello son la prohibición de la participación de atletas transgénero en competiciones femeninas e incluso, la demanda que ha impuesto el presidente Donald Trump al estado de California por el incumplimiento de esa orde ejecutiva.

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