El Reglamento de Tránsito del Estado de México (Edomex) está instaurando nuevas regulaciones respecto a las multas de tráfico. Una de las que más ha influenciado sobre las carreteras ha sido la aplicable cuando los ciudadanos conducen sin placas. Manejar un vehículo sin ambas placas en Edomex se considera una falta grave y puede derivar en una significativa sanción económica para el/la conductora.
Multa en Edomex por conducir sin placas
Tras darse a conocer las 7 infracciones que envían la moto al corralón, resulta crucial conocer los detalles de las novedades que se están instalando en las carreteras de Edomex. Según las nuevas disposiciones del Reglamento del Tránsito Estatal, la infracción por manejar sin placas tiene un monto de entre 16 a 20 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Queda establecido según los artículos 17, 26 y 118 de la norma. Aunque, pese a que figuren diversas razones para la multa, generalmente los importes son los mismos. El reglamento estipula tres formas de definir el valor de la sanción, que se aplican de acuerdo a las reincidencias que tenga la persona infractora. Además, considera el valor de la UMA, de $113.14. Por lo tanto, el importe total de la multa es de 16 UMAS como mínimo.
En este caso, se asigna cuando la persona al volante con registra infracciones previas sin pagar, con un equivalente de $1810.24. La multa media es de 18 UMAS, aplicable cuando el infractor/a tiene entre dos y tres multas pendientes de pago, ascendiendo a $2036.52. Siguiendo esta línea, la multa máxima es de 20 UMAS, $2262.8 pesos, impuesta cuando el conductor reporta cuatro sanciones o más por liquidar.
Edomex toma medidas sobre las motocicletas con bebés y niños
Otra de las medidas de Edomex que influye sobre el tráfico es la sanción económica impuesta para aquellos que transporten bebés o niños en motocicletas sin cumplir con las condiciones de seguridad solicitadas por el Gobierno del Estado de México. El acuerdo ya se ha publicado en la Gaceta del Gobierno y puesto en vigor. Según el artículo 89 del nuevo reglamento, trasladar menores de 12 años o niños/as que no pueden sujetarse, mantenerse sentados de forma óptima o apoyar los pies en los posapiés es una infracción sancionable.
El monto demandado a quienes incurren en ella es de entre 16 y 20 veces la UMA. Con el valor aproximado de la UMA de este año, la sanción mínima se coloca entre unos 1814 y 2268 pesos. La franja exacta se determina de acuerdo al historial de infracciones sin pagar del conductor. Si no se anotan adeudos previos, se instaura el valor mínimo, con dos o tres adeudos se adjudica el importe medio y con cuatro o más la sanción máxima.
Condiciones para llevar a un menor en motocicleta dentro de Edomex
Las reformas establecidas recogen que solo las personas adultas con licencia vigente pueden manejar una motocicleta. También determinan que tanto el conductor como el acompañante deben utilizar un casco certificado. Está prohibido llevar objetos que limiten visibilidad o equilibrio.
El artículo 89, fracción XIV, concreta que el acompañante menor debe tener la capacidad de sujetarse a sí mismo, conservar una postura adecuada y apoyar los pies en los posapiés. Cuando estas condiciones no se cumplen rigurosamente, la multa se aplica según el rango afianzado. Más allá de la multa, las autoridades pueden imponer medidas adicionales si detectan irregularidades vinculadas con documentos o placas.
Para evitar sanciones, los motociclistas deben chequear que el menor puede sujetarse correctamente, que se conserva una postura estable y tiene apoyados los pies en los posapiés. Además, deben tener posesión de una licencia vigente, casco certificado y condiciones de seguridad correctas. Si quieres saber más sobre las nuevas regulaciones en Edomex, en este artículo ampliamos la información.
