La Corte Suprema de Estados Unidos tomó una decisión este lunes, con cinco votos a favor y cuatro en contra, el alto tribunal levantó la orden que impedía al Gobierno aplicar una ley casi olvidada: la de Enemigos Extranjeros de 1798.
Esta normativa, utilizada sólo en contextos de guerra, permite la deportación inmediata de extranjeros sin derecho a audiencia. El origen del conflicto se remonta al 15 de marzo, cuando la administración de Donald Trump decidió invocar esa ley para expulsar a cientos de migrantes venezolanos.
De todas formas, el juez federal James Boasberg bloqueó su aplicación ese mismo día pero la respuesta del Gobierno fue llevar el caso al Supremo en una apelación de emergencia, alegando razones de seguridad nacional.
Uno de los motivos para aplicar esta ley: amenaza criminal
Como venimos mencionando, el Departamento de Justicia argumentó que, ante una supuesta amenaza vinculada a la banda criminal Tren de Aragua, el presidente norteamericano debía tener autoridad exclusiva para actuar.
Bajo este aspecto, es importante señalar que el fallo de la Corte Suprema le dio luz verde al Ejecutivo quien también le hizo otro pedido al juez, aunque subrayó que los migrantes aún tienen derecho a impugnar su deportación en «un tiempo razonable».
La última vez que se usó fue durante la Segunda Guerra Mundial para internar a ciudadanos alemanes, italianos y japoneses, pero Trump quiso usar esta ley con el argumento de que grupos criminales venezolanos están infiltrándose desde el régimen de Nicolás Maduro.
Traer esta ley del pasado genera la resurrección de la polémica en la Corte Suprema
Esta intención de usar esta norma que lleva más de dos siglos sin aplicarse despertó polémica, ya que data que se habla de una ley promulgada durante el gobierno de John Adams, la Ley de Enemigos Extranjeros fue diseñada para situaciones de guerra y conflictos con potencias extranjeras.
Cabe mencionar que fue el pasado 15 de marzo, cuando tres vuelos salieron de Texas con más de 200 migrantes, que fueron entregados a El Salvador, en donde quedaron confinados en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), la prisión de máxima seguridad financiada en parte por EE.UU.
Para ponernos en contexto, la Corte, aunque permitió la deportación, dejó claro que las disputas legales deberán dirimir en Texas, donde están detenidos los migrantes, y no en Washington, como había planteado el juez Boasberg.
Un expulsado del 15 de marzo: la deportación por “error” que llamó la atención
Entre los expulsados se encontraba, Kilmar Ábrego García, un salvadoreño con permiso legal para vivir y trabajar en Maryland. Sin embargo, su deportación fue calificada como un “error administrativo” por el propio Gobierno, pero esa admisión no bastó para revertir su situación hasta el momento.
La jueza federal Paula Xinis ordenó su repatriación inmediata, señalando que su arresto y expulsión fueron “totalmente ilegales”, la Corte Suprema también intervino en este caso, suspendiendo de manera temporal el plazo para su regreso. Ábrego permanece en el CECOT, una de las prisiones más peligrosas del continente, sin cargos penales en EE.UU y con una familia estadounidense que lo espera.
En 2019, un juez de inmigración le otorgó estatus de protección ante el riesgo de persecución si regresaba a El Salvador pero fue deportado. En estos términos, sus abogados negaron su afiliación a pandillas como MS-13, a pesar de que el Gobierno insiste en esa acusación sin poner pruebas formales. Por primera vez, la administración Trump admite públicamente haber cometido un error en una deportación, al mismo tiempo que insiste en que no puede revertirla, lo que provocó un choque frontal entre el Poder Judicial y el Ejecutivo sobre los límites del control migratorio.
¿Te ha servido este artículo?
Recibe cada semana lo que de verdad importa
Análisis de energía, clima y naturaleza en tu correo. Gratis y sin spam.



