Saltar al contenido
viernes, 6 de noviembre de 2026 Edición Estados Unidos · en español
Economía

Miles de jubilados se quedarán sin pensión: Este documento es el culpable

Por Miriam V. · 2 marzo, 2025 · 10:55 p. m. · 4 min de lectura Compartir: f 𝕏 in
Miles de jubilados se quedarán sin pensión: Este documento es el culpable
Búsqueda de GoogleAñadir como fuente preferida→

Para poder seguir cobrando su pensión, miles de jubilados deberán tramitar un documento obligatorio o de lo contrario las autoridades podrían cancelar este apoyo económico.

A través de un comunicado, el IMSS, el ISSSTE y el ISSFAM mencionaron que todos los jubilados que radiquen en el extranjero y que reciben la pensión mexicana deben tramitar urgentemente este documento para continuar recibiendo su dinero. De lo contrario, los fondos podrían congelarse y depositarse hasta que se entregue el documento que se solicita.

¿De qué documento se habla y quiénes deben tramitarlo?

Se trata del certificado de supervivencia, un documento que acredita que la persona sigue con vida y que puede continuar ejerciendo sus derechos, en este caso recibiendo su pensión. El trámite aplica para los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) y del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas (ISSFAM) por lo que es importante que los jubilados revisen su situación para evitar perder esta prestación.

En el caso del IMSS, el instituto explicó que para hacer el proceso los pensionados únicamente deben acudir a una oficina consular de México más cercana y presentar: identificación oficial, firma y un documento que tenga el Número de Seguridad Social (NSS), como el talón de pago.

Con ello, las autoridades de la embajada o el consulado podrán emitir el certificado de supervivencia. Una vez que lo tengan, los pensionados deberán enviarlo por correo electrónico al instituto.

Asimismo, para agilizar el proceso, la Secretaría de Relaciones Exteriores habilitó tres opciones para agendar una cita y poder tramitar la “fe de vida” en el extranjero. Para ello, los pensionados pueden ingresar a la página citas.sre.gob.mx, seleccionar desde dónde están haciendo el trámite y seguir los pasos.

También pueden comunicarse al 55 8932 4827 o enviar un WhatsApp al +55 55 8932 4827 para agendar una cita y acudir directamente al consulado que se le asigne para hacer el trámite y enviar su constancia. Además, las autoridades recordaron que el trámite es gratuito y accesible para que los adultos mayores puedan hacerlo fácilmente, por lo que pidió que tuvieran cuidado con las estafas.

¿Qué pasa si se recibe una notificación?

Desde 2015, el trámite de comprobación de supervivencia ya no es obligatorio en México. Sin embargo, el IMSS mencionó que este paso se eliminaría de manera presencial, es decir en las ventanillas, por lo que puede ocurrir que algunos pensionados reciban una notificación de que deben actualizar sus datos de manera electrónica.

En este caso, el Instituto Mexicano del Seguro Social explicó que todos los jubilados deben revisar en su último comprobante de supervivencia si aparece la leyenda “elimina la comprobación de supervivencia en ventanilla. A partir de hoy usted goza de este beneficio y para mantenerlo es necesario que conserve su información personal actualizada, la cual será utilizada para notificarle asuntos relacionados con su pensión”.

También puede aparecer la leyenda “en tu próxima visita, no olvides llevar tu CURP”, lo que significa que los datos del pensionado no están actualizados y por ende debe tramitar el certificado de supervivencia para evitar este tipo de notificaciones. En el caso de los extranjeros, la actualización se hará periódicamente y después de hacerlo en un consulado, ya podrá hacerlo digital.

En el IMSS no hay una fecha límite para actualizar la información de los pensionados. No obstante se recomienda que sea antes del próximo pago de la pensión para evitar problemas. Es decir, el 3 de marzo o el 1 de abril. Por su parte, el ISSSTE pide presentar el certificado de vida entre enero y febrero para el primer semestre del año y en julio o agosto para el resto, mientras que el ISSFAM lo pide entre el 1 y el 31 de marzo y nuevamente entre el 1 y 30 de septiembre.

¿Te ha servido este artículo?

Recibe cada semana lo que de verdad importa

Análisis de energía, clima y naturaleza en tu correo. Gratis y sin spam.

Más en Ecoportal