Nueva York sufrió un revés judicial ante el Tribunal de Distrito Norte, luego de que las autoridades fallaran a favor de los 21 estados demandantes que se negaron a acatar la Ley de Superfondo Climático, que pretendía obligar a los productores de combustibles fósiles a asumir el pago de US$75 mil millones por haber ejecutado acciones perjudiciales para el medio ambiente.
Nueva York da marcha atrás al cobro de multas contra las petroleras
Bajo el principio «quien contamina paga», las autoridades de Nueva York diseñaron una estrategia económica para cubrir los costos de la transición energética con fondos provenientes de penalizaciones impuestas a compañías dedicadas a la producción de combustibles fósiles, considerados la fuente energética más contaminante y la principal dificultad a superar para detener los efectos del cambio climático.
En 2024, la gobernadora Katie Hochul celebró la aprobación de la legislación «histórica», y afirmó que la creación del Fondo Climático buscaba «responsabilizar a los contaminadores» por el daño ambiental causado y exigirles importantes inversiones en infraestructura y otros proyectos para proteger a las comunidades.
De esta manera, se buscó trasladar los costos de la adaptación al cambio climático a los privados. Al respecto, la senadora Liz Krueger subrayó que, en la última década, los tribunales eximieron de responsabilidad a la industria del petróleo y del gas, sometiendo a la población a responder por el alto costo económico que implica afrontar las consecuencias de su actividad productiva en la salud, la seguridad y el medioambiente.
Al margen de las voces a favor, el proyecto despertó la reacción de una coalición conformada por 21 estados liderados por el Departamento de Justicia (DOJ) de EE. UU., que demandaron la medida por considerar que la obligación de las empresas de cubrir US$75 mil millones en concepto de multa impactaría negativamente en los circuitos económicos locales, además de repercutir directamente en las tarifas de gasolina y electricidad.
Finalmente, el Tribunal Federal a cargo del caso falló a favor de la solicitud de los demandantes y dejó sin efecto la normativa estatal, dictaminando que «la ley federal prevalece sobre el intento de Nueva York de regular las preocupaciones ambientales globales». Para Adam Gustafson, del DOJ, la legislación representaba «una extralimitación estatal», que atentaba contra el objetivo del presidente Trump de «proteger la energía estadounidense».
Por su parte, el fiscal general de Alabama, estado que también acompañó la denuncia, acusó a Nueva York de intentar «tachar a hombres y mujeres trabajadores y a sus empleadores de realizar operaciones ilegales. En esta línea, Steve Marshall remarcó la importancia de las empresas energéticas para la economía local y aseguró que continuará protegiendo a los empleados del sector de «los estados liberales deshonestos y de sus tácticas abusivas».
Principales puntos de la normativa
Además de la creación del millonario fondo para respaldar proyectos orientados a promover el cuidado del medio ambiente, la legislación S.2129-B/A.3351-B establecía un criterio fundamental para diferenciar a las compañías consideradas responsables del pago: solo las empresas generadoras de más de 1000 millones de toneladas métricas de emisiones de CO2 equivalente entre 1948 y 2018 debían acatar la medida.
Asimismo, facilitaba un sistema de cuotas proporcionales al porcentaje de contaminación para cada caso, y aseguraba que el dinero recaudado fuera destinado a obras para reforzar la resiliencia ambiental del estado ante fenómenos como las inundaciones o las tormentas extremas. De esta manera, el financiamiento de mejoras en infraestructura quedaba garantizado.
¿Cómo queda la ley?
Por el momento, el conjunto de cláusulas queda en suspenso, dada la prohibición de carácter inmediato que recayó sobre el estado para implementar la ley; aunque Nueva York conserva el derecho de apelar el fallo y retomar la discusión judicial, con posibilidad de revertir el dictamen y mantener la normativa a salvo.
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