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Se acaba el plazo: SAT multa con $20,000 a quienes no hagan este trámite

Por N. T.
21 febrero, 2025
en Economía
SAT

Fuente: Reuters

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El SAT viene pisando fuerte (en pro de un bien mayor). Y lo hace a través de multas. Recientemente, ha lanzado una advertencia a los patrones en México. Si no cumplen con el trámite relacionado con el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, podrían enfrentar multas de hasta 20 000 pesos.

¿Qué o quién es el SAT?

Atiende a las siglas de SAT, pero en verdad, es el Servicio de Administración Tributaria. Se trata de un organismo del gobierno de México que se encarga de supervisar impuestos y que todas las obligaciones fiscales se cumplan bien.

En su caso, depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (y su función principal es garantizar que personas y empresas paguen los impuestos correspondientes. Además, combate la evasión fiscal, regula el comercio exterior y administra el Registro Federal de Contribuyentes.

¿Cuál es el trámite obligatorio que exige el SAT?

No es algo que puedas o no puedas hacer. Se trata de un trámite totalmente obligatorio. El de presentar el dictamen fiscal ante el Infonavit. Se trata, de un informe anual que todos los patrones han de entregar para demostrar que están al corriente de pago.

Un documento que permite verificar que las contribuciones para el hogar de los empleados se han hecho bien. El dictamen se hace (y se firma) por un contador público que esté debidamente autorizado. Será quien certifique la información financiera del empleador según sus obligaciones ante el propio Infonavit. Además de eso, cabe señalar que se han de incluir anexos con el desglose de las aportaciones.

¿Quiénes están obligados a realizar este trámite?

El dictamen fiscal no se aplica a todos, solo a las personas morales. Estas son empresas y entidades jurídicas que sí operan bajo el régimen específico. En caso de que una empresa entre dentro del grupo, debe cerciorarse de presentar el documento a tiempo para evitar sanciones y también confirmar su cumplimiento con las diferentes obligaciones fiscales que estén relacionadas con la seguridad social.

¿Cómo se presenta el dictamen fiscal exactamente?

A la hora de cumplir con el trámite y en vistas a evitar multas, los patrones van a tener dos opciones diferentes para presentar el dictamen fiscal:

  1. De forma presencial: En la Delegación Regional del Infonavit correspondiente al domicilio fiscal de la empresa.
  2. Por medios electrónicos: A través de la plataforma digital del Infonavit, siguiendo los pasos indicados por la autoridad fiscal.

En cualquier caso, conviene saber que hay plazos establecidos para ello y se han de revisar la documentación necesaria para poder completar el proceso.

¿Cuáles son las consecuencias de no presentar este dictamen fiscal?

El SAT ha dejado claro que quienes no cumplan con esto, tendrán multas de hasta 20 000 pesos. Además de esta sanción, el hecho de no presentar el dictamen fiscal puede generar otras consecuencias:

  • Auditorías fiscales por parte del SAT o el Infonavit.
  • Retrasos en trámites administrativos que involucren el fondo de vivienda.
  • Dificultades para obtener beneficios fiscales relacionados con el cumplimiento de obligaciones laborales.

Por ello, se recomienda que los patrones consulten con un contador público que esté debidamente autorizado para asegurar que cumplen con ello y así puedan ser capaces de evitar cualquier tipo de penalización.

El SAT “se pone duro” o estricto. Por eso mismo, ha reforzado las medidas para garantizar que los empleadores cumplan con sus aportaciones, y la presentación del dictamen fiscal es un requisito obligatorio para las empresas. No presentar este informe puede resultar en multas de hasta 20 000 pesos, además de otras complicaciones fiscales que conviene evitar. Para evitar sanciones, es importante que los patrones se informen, consulten y siempre estén seguros al 100% de cumplir con la legalidad establecida.

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