Los productores españoles que desean comprar o vender las cesiones de derechos de pagos de la PAC (Política Agrícola Común) deben estar al tanto de las consideraciones legales y de las financiaciones que pueden recibir bajo el régimen de pequeños agricultores si cumplen con los requisitos solicitados para el desarrollo de esta actividad económica.
Si se desea realizar alguna de estas negociaciones o solicitudes para el desarrollo agrícola, se puede confiar en un consultor jurídico especializado y de mayor confianza.
Pasos para la compra venta de derechos de la PAC con y sin tierras
Desde el 4 de noviembre de 2019, se abrió oficialmente el plazo para notificar a las oficinas autónomas las solicitudes de cesión de derechos de pagos directos realizados desde el pasado 31 de mayo para su entrada en vigor este 2020.
De acuerdo al Real Decreto 1076/2014, para comprar derechos PAC solamente pueden ser cedidos en la misma región donde se realizó inicialmente la asignación (venta o arrendamiento), con o sin tierras. Estas condiciones legales son estudiadas por el equipo de Mercaderechos PAC, que también asesora si se quiere vender derechos PAC.
Estos acuerdos se pueden formalizar en cualquier momento del año, siempre y cuando se cumplan los modelos pedidos en la Solicitud Única de la PAC del comprador mientras se tramitan las solicitudes de financiaciones al Estado.
En las cesiones sin tierra se debe pagar un peaje de un 20% de cada derecho, a excepción de cuando se cede a jóvenes agricultores que comienzan su actividad económica o cuando ambas partes demuestran que su porción ha sido afectada por una intervención pública civil.
Las demás situaciones en la que se eximen de este peaje son las herencias, fusiones, jubilaciones, cambios de los datos del titular y cesiones con tierra.
Los productores y empresarios interesados en la compra o venta de este tipo de títulos deben cumplir con ciertas precauciones para garantizar la total legalidad del proceso.
- Pedir al agricultor documentos que demuestren que se encuentra activo. Esto se determina con la última declaración de la renta, que especifica que el 80% de sus ingresos proviene de ayudas del Estado y el resto de su actividad económica. Debe tener la copia del comprobante del último reintegro del PAC y su certificado de agricultor activo.
- Solicitar al vendedor su relación de derechos de paga básica con su valor a la fecha de la compraventa y respectiva convergencia y el listado de derechos a su nombre entre el período PAC 2015-2018.
- Los derechos deben pertenecer a la misma región en la que se encuentran las fincas del nuevo dueño.
- Deben pagar estos impuestos en caso de hacer operaciones sin tierras, el 21% de IVA más el incremento patrimonial en el IRPF anual.
- Todas las condiciones deben registrarse en un contrato privado de compraventa con los datos personales de ambas partes, el mediador (en caso de haberlo), el precio y consideraciones excepcionales.
Fondos agrícolas europeos
En esta dirección, la CE contempla en su categoría de gastos de su política de crecimiento sostenible los instrumentos de financiación a los productores, como el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (FEAGA). Este último incentiva la creación de regímenes de ayudas a los agricultores de los estados miembros.
Los objetivos de esta política busca desarrollar y sostener los mercados agrarios, los regímenes en el marco de la PAC y promoción de los productos dentro de la UE y más allá de las fronteras.
Servicios del FEGA
Como cumplimiento de esta normativa internacional, el ente nacional encargado de gestionar los derechos de pagos en sus respectivas modalidades es el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), que cuenta con un sistema automatizado que facilita el servicio de la consulta pública de derechos de pago básico, con la información declarada por los productores a las comunidades autónomas.
Hacerlo es muy fácil, se ingresa a la página oficial del FEGA y se presiona la opción de consultar los derechos y se introduce el CIF o NIF y el código de alguno de sus derechos.
Enmarcado en el plan Política Agrícola Común 2015-2020, el FEGA gestiona regímenes de ayudas asociadas en los sectores de la ganadería y de los cultivos. Para recibir esta financiación, el agricultor debe estar activo aunque no necesariamente debe tener asignado derechos de pago básico.
Además de cumplir con estas condiciones, la ayuda beneficiará sólo una superficie agrícola en una determinada campaña y contar como mínimo de una hectárea en secano y 0,5 ha en regadío, a excepción de los frutos cáscaras y algarrobas.
Mientras que en la ganadería, los animales deben estar legalmente identificados y registrados en el Registro General de Explotaciones Ganaderas. Y solamente serán beneficiados por uno de los regímenes.
Otros incentivos
Otro de los beneficios del FEGA para la comunidad de productores es el denominado pago verde que consiste en recibir pagos anuales por cada hectárea asociada a un derecho de pago básico al cumplir con las condiciones medioambientales exigidas en busca de una economía sustentable y más ecológica.
Con el fin de aprovechar los regímenes de ayudas económicas, los productores españoles cuentan con varias opciones para empezar su producción, siempre y cuando cumpla con los requisitos y los plazos vigentes.