Como cada año, la declaración anual está a punto de realizarse y en esta ocasión, el Servicio de Administración Tributaria (SAT) anunció que eliminará el trámite para millones de contribuyentes si cumplen con determinadas características.
A través de un comunicado, el SAT informó que durante la Declaración Anual 2025 un sector de la población podrá evitar realizar su declaración anual. Esto, con el fin de ayudar a la población a tener una economía más sólida y que estén concentrados en sus actividades económicas.
En este caso, el Servicio de Administración Tributaria mencionó que las personas que no deberán hacer su reporte son aquellos que estén inscritos al Régimen Simplificado de Confianza (Resico).
¿Quiénes no pagarán impuestos este año?
Según explicó el SAT, el Resico es un régimen fiscal pensado en los trabajadores con bajos ingresos, con salarios anuales menores a los 3.5 millones de pesos, o pequeñas empresas cuyos ingresos no superen los 35 millones de pesos al año.
De hecho, el órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) mencionó que esté régimen está diseñado para trabajadores independientes que no perciben prestaciones y para pequeñas y medianas empresas.
Asimismo, el SAT contempla cuatro actividades que pueden estar inscritas en el Régimen Simplificado de Confianza y por ende, no pagarán impuestos este año:
- Actividades empresariales de origen comercial, industrial o de servicios.
- Actividades profesionales de manera independiente.
- Uso de bienes inmuebles o arrendamiento.
- Actividades agrícolas, ganaderas, pesqueros o silvícolas.
Por lo anterior, si los contribuyentes forman están inscritos al Resico y realizan a alguna de esas actividades, estarán exentos de hacer la Declaración Anual 2025. Cabe destacar que este beneficio es reciente, ya que anteriormente los inscritos al Régimen Simplificado de Confianza sí pagaban impuestos anualmente.
Sin embargo, este es un beneficio que implementó el SAT para los inscritos al Resico con el fin de que pudieran pagar menos impuestos al tener menos ingresos que los contribuyentes ordinarios.
En contraste, los contribuyentes que realicen actividades con fideicomisos o asociaciones o en instituciones de crédito en el régimen general de ley no podrán participar en este régimen fiscal. Lo mismo pasa con las personas morales que sean socios o accionistas de empresas o sociedades mercantiles.
Además, con esta acción, el Servicio de Administración Tributaria busca ayudar a los contribuyentes a que cumplan con sus obligaciones fiscales creando medidas sencillas y accesibles para los ciudadanos. Incluso, el SAT indicó que continuará implementando estrategias para impulsar a la población a pagar sus impuestos y contribuir con la recaudación fiscal.
¿Qué beneficios tiene el Resico?
A diferencia del régimen normal, el Régimen Simplificado de Confianza otorga una serie de beneficios para los contribuyentes inscritos, con el fin de que los trabajadores puedan concentrarse en su fuente de ingresos mientras el Resico se encarga de los impuestos.
En este caso, los beneficios que tiene el Resico son:
- Cálculo automático de impuestos a través de la página del SAT.
- Declaraciones mensuales programadas.
- Facilidades administrativas.
- Baja tasa de interés en el Impuesto Sobre la Renta (ISR). de entre 1% y 2.5%.
Para cambiar de régimen o inscribirse por primera vez, hay que ingresar a la página oficial del SAT y en al apartado de “Actualización del RFC” buscar la opción “Presenta el aviso de actualización de actividades económicas y obligaciones“. Aquí, se deberá iniciar sesión y colocar la fecha, Posteriormente, se buscará el Resico, la actividad económica que se realiza y llenar todos los campos que aparecen a continuación. Sin embargo, el SAT notificó que se podía cambiar a este régimen hasta máximo el 31 de enero.
Es importante que los contribuyentes recuerden que con el Resico se paga el ISR y el IVA mensualmente por lo que se deberán revisar los apartados del SAT para conocer cuánto hay que pagar para evitar una multa.
